viernes, 15 de marzo de 2013

DERECHO MERCANTIL

 
DEFINICIÓN

Cuando un individuo se dedica a la actividad comercial de manera constante y lo hace su ocupación en busca de obtención de ganancias o el lucro, está implicado el derecho mercantil para regular sus actos y actividades como comerciante.
El comerciante, la actividad comercial, las sociedades mercantiles y los títulos y operaciones de crédito, son el objeto de estudio del derecho mercantil, que es otra de las ramas del derecho privado.
COMERCIANTE
La figura del comerciante se encuentra regulada por el artículo 3 del código de comercio, que menciona que para el derecho mercantil, los comerciantes son:
1.- Aquellas personas que tienen la capacidad legal para ejercer el comercio y hacerla su ocupación ordinaria.
2.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.
3.- Sociedades extranjeras o sus sucursales que estén dentro del territorio nacional y ejerzan actos de comercio.
ACTO DE COMERCIO
El acto de comercio es el acto que realiza el comerciante que tiene como fin primordial la obtención de una utilidad o beneficio para dicha persona.
La ley establece a un acto de comercio como “acto de comercio” legal siempre y cuando existan (contratos mercantiles, títulos y operaciones de crédito, etc.)
Lo anterior se presenta en tres sectores importantes de la economía:
1º la agricultura y ganadería
2º la industria y comercio y
3º servicios.

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